Reflexión 6: LAS FUNCIONES DEL PROFESOR (Art 91 LOMLOE)

 




En la nueva Ley orgánica de Educación 2/2006 (LOMLOE) publicada el 30 de diciembre de 2020, se establecen entre otras modificaciones, las nuevas funciones del profesorado.  Entre las premisas descritas, he elegido la situada en el aparto j “La participación en la actividad general del centro”.

Entiendo que este epígrafe normaliza o estandariza la situación que el profesorado estaba experimentando a los largo de estos años. 

Por una lado la participación en las actividades como algo que debe nacer del propio individuo, sintiéndose parte de un organismo vivo, en continuo cambio, formado por una serie de engranajes que son los alumnos, los profesores y los demás participantes. Una máquina figurada que debe estar en perfecto funcionamiento, en la que todas las piezas son claves y necesarias, para ese buen funcionamiento.

Por otro lado está el concepto de participación como un punto de desarrollo de las vivencias en común, una comunicación continua del desarrollo de la actividad, compartir conocimientos y aprendizajes, para que se produzca un pleno desarrollo.

Para mí, la participación en la actividad engloba estos términos descritos…¿qué te dice a ti?








Comentarios

Entradas populares